El Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar en su
Capítulo VI, Sección A-VI/1-2 establece la obligatoriedad de este curso para
todas las personas empleadas o contratadas a bordo de un buque de
navegación marítima, para que sepan actuar en caso de que se detecte fuego o
humo, o bien, suene la alarma de incendios. Todos los participantes de este
curso, deberán acreditar salud compatible, mediante un certificado médico.